viernes, 4 de diciembre de 2020


 

 

PAGO DE SUBSIDIARIO

 

 

          

  Por allá en la década de los años 60 del siglo XX escuchábamos en Pueblo Llano a las personas mayores pronunciar la siguiente frase: “a mí me tocó pagar susidiario”, en aquel momento no entendíamos de qué estaban hablando, más tarden nos enteramos que se referían al trabajo gratuito y obligatorio realzado por cada vecino durante un cierto tiempo en la limpieza de caminos, arreglo de puentes y todo aquello que tuviera que ver con el ornato público. Otras personas, con mejores recursos económicos, pagaban de su propio peculio el jornal a un obrero para que ejecutara aquel trabajo comunitario.

            La historiadora María D. Pérez Hidalgo en su libro El transporte y las comunicaciones en la provincia de Mérida (1830-1864) afirma que “Desde la época colonial hasta mediados del siglo XIX, se estableció el trabajo subsidiario y obligatorio en la apertura y mejoramiento de caminos de esta provincia”. Esto, debido a la expansión de la economía regional, que motivó a las autoridades de la provincia legislar a favor de construcción y mejoramiento de las vías y para ello consideraron oportuno establecer jurídicamente el trabajo obligatorio y subsidiario de los ciudadanos residentes en cada uno de los cantones de la provincia, así como también, la regularidad en el pago de peaje de ciudadanos, bestias y otros medios que transitaran por los caminos de la jurisdicción. 

            Agrega la historiadora que, durante el siglo XIX la Gobernación delegó en el Concejo Municipal, todo lo relativo a la reglamentación del trabajo personal y subsidiario, al mismo tiempo, autorizó a esta institución –de acuerdo a sus facultades legales-- para que atendiera e incrementara las composiciones de sus respectivos caminos y la terminación de las obras emprendidas. Para ello se tomó como base que, “todos los vecinos estarían obligados a concurrir a este trabajo por el orden que se les señalara, y para este servicio será sólo de cuatro días al año, con exclusión de los pobres de solemnidad y a juicio de la autoridad local, que no podrían imponérseles, ni recibirse contribuciones pecuniarias en compensación del servicio personal”,  como se apuntó más arriba, aquellos ciudadanos que no podían prestar este servicio, se les permitiría hacerlos a través de otros, pero obteniendo un pago o salario del vecino obligado, sin que para ello interviniera en este arreglo la autoridad pública. Igualmente se les permitía en compensación del trabajo personal, la entrega, en alquiler, de herramientas apropiadas para el tipo de obra que se emprendía. Los alquileres de estas herramientas eran controlados por las autoridades locales.

Como vemos, la escasez de recursos del tesoro público, el cual no permitía muchas veces acometer por su propia cuenta los trabajos que se debían realizar en la apertura y mejora de algunos caminos, hizo necesario que el gobierno provincial arbitrara los medios y sistemas extraordinarios para alcanzar este objetivo. El trabajo obligatorio y subsidiario era una experiencia  que había dado buenos resultados los Estados Unidos y especialmente en el  estado de New York.  

La historiadora citada concluye que, a pesar de todo este proyecto, no se obtuvo grandes beneficios del trabajo subsidiario, simplemente porque no estaba lo suficientemente organizado o porque no realizaba –en la práctica- con todo el cuidado que las ordenanzas establecían.

No obstante, menciona algunas experiencias positivas en la primera mitad del siglo XIX: “En vista de las continuas peticiones que hicieron algunos cantones para el arreglo de varios caminos públicos y careciendo de fondos para pagar el trabajo que debía realizarse en algunas localidades fue preciso --en casos de urgencia-- llamar nuevamente algunos individuos que ya habían cumplido con los cuatro días de trabajo al año que establecía la ley. Sólo por patriotismo de estos ciudadanos se ejecutaron en la década de los años cuarenta del siglo XIX algunos reparos de primera necesidad como fueron, “el camino del Morro, Acequia, Mucutuy, Mucuchachí, Pueblo Llano, y a la vez realizaron la construcción puentes y limpieza de algunos ríos”. De esta forma, se realizaron una serie de trabajos, en forma de subsidio para el beneficio de la provincia de Mérida y pueblos circunvecinos.

Como se expuso al comienzo, el pago de subsidiario se hizo costumbre en varios pueblos de la provincia de Mérida y no culminó en el siglo XIX como lo afirma la historiadora citada, hemos tenido información oral que en Pueblo Llano, ya muy avanzado el siglo XX, todavía se utilizaba este sistema para reparar caminos, puentes y otras actividades que obviamente iban en beneficio de toda la comunidad.

 

Rafael Ramón Santiago

 

Fuente: María Demetria Pérez Hidalgo: El Transporte y las Comunicaciones en la Provincia de Mérida 1830-1864, Fondo Editorial Tropykos. Caracas, 1996.